IBARRA. Los vocales de la Junta Provincial Electoral de Imbabura, mantuvieron una reunión de trabajo con los representantes del Registro Civil, Centro de Rehabilitación Social de Ibarra y del Consejo Provincial de la Judicatura. El objetivo de la reunión fue planificar las diferentes actividades, que se cumplirán para facilitar el sufragio de las Personas Privadas de la Libertad que no tienen sentencia ejecutoriada, conforme lo establece el artículo 62, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador.
Soraya Mera, directora provincial del Registro Civil, Robinson Farinango y Margarita Arotingo vocales de la Junta Provincial Electoral y Edison Cisneros, director del Centro de Rehabilitación |
Es así que se estableció para el jueves 10 de enero una brigada para cedular a las personas privadas de la libertad; entre tanto que del 1 al 3 de febrero se cumplirán las notificaciones a las personas que integrarán la Junta Receptora del Voto y el 7 de febrero la capacitación. El sufragio al interior del Centro de Rehabilitación Social de Ibarra (CRS-I) se desarrollará el viernes 15 de febrero.
De acuerdo a la base de datos remitida por el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, el padrón del Centro de Rehabilitación Social de Ibarra es de 27 mujeres y 233 hombres. Las Juntas Receptoras del Voto se conformarán en los CRS que cuenten con un mínimo de 50 electores y cuando el número de electores sea menor a 50 se realizará la votación en sobre cerrado. En el caso de Ibarra se establecerá una junta para hombres y las mujeres sufragarán en sobre cerrado.
El traslado del paquete electoral y la custodia del recinto, estará a cargo de la Policía Nacional. Entre tanto que el escrutinio de los votos recibidos en el centro de rehabilitación social, lo realizará la Junta Provincial el domingo 17 de febrero a partir de las 17:00.
Margarita Arotingo, vocal de la Junta Provincial Electoral indicó que no está permitida la campaña electoral en el interior de los Centros de Rehabilitación Social. Agregó que los delegados de los sujetos políticos debidamente acreditados, en coordinación con el personal del Consejo Nacional Electoral (CNE) podrán observar el proceso electoral de las personas privadas de la libertad de acuerdo a la normativa establecida.
No hay comentarios:
Publicar un comentario